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A cargo de la Letrada y Asesora Jurídica de AEMES, Natividad Ramos Calderón, será impartida el próximo 31 de marzo una Jornada Formativa sobre: “La Organización Interna en la Empresa de Mediación de Seguros”, en la que como puntos principales de la misma informará sobre las obligaciones del Convenio de Mediación de Seguros y de formación de los empleados de las Empresas de Mediación, dando las claves para elaborar los planes de formación que son necesarios en las Empresas, según la Resolución de Formación de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Nota Informativa 6/2020: Impacto del Covid-19 en las Empresas y Guía de Actuación

Nota Informativa 8/2020
Incidencia en el sector de la Mediación del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

El Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid celebró el pasado 5 de marzo en su sede una jornada, en la que AEMES explicó las principales novedades que han sido introducidas en el convenio, y las consecuencias que acarrean para las empresas de mediación desde una visión eminentemente práctica y haciendo especial hincapié en las principales novedades y en aquellas cuestiones más difíciles de aplicar.

A menudo leemos en los medios noticias relativas a la importancia de la formación en el sector de los seguros, y ante la abundancia de anuncios recurrentes sobre sus bondades, a menudo cabría plantearse si nos formamos lo suficiente y si el mensaje está calando en la mediación. Desde Aemes, fieles a nuestro compromiso de facilitar y garantizar la mejor formación posible a nuestros mediadores, deseamos aportar esperanza compartiendo nuestras cifras.


A pesar de que el Gobierno ha incrementado el SMI un 5,555555556% y que la media de incremento salarial en los convenios colectivos sectoriales se haya situado en el año 2019 en un 2,33%, AEMES sigue apostando por una subida salarial moderada y contenida durante los próximos 4 años, habiéndose aprobado una subida del 1,75%

Brexit: derechos de los ciudadanos y trabajadores a la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la UE

La Audiencia avala que las pausas no contabilicen como tiempo de trabajo y que, respecto a las horas extraordinarias, se contabilicen únicamente las autorizadas previamente por la empresa (sentencia no firme)
La Sentencia de 10 de diciembre de 2019, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, avala que una empresa compute únicamente las horas extraordinarias que previamente han sido autorizadas por un superior jerárquico así como que obligue a fichar a sus empleados cuando efectúen pausas para fumar, tomar café o desayunar, y que descuente ese tiempo de las horas trabajadas.

La jubilación constituye una etapa vital, coincidente con la senectud, en la que la persona comienza a tener menos fuerzas físicas y mentales para encarar el día a día y sobre todo el trabajo. Por lo tanto, como las aptitudes para un amplio porcentaje de puestos de trabajo se reducen, también disminuye la capacidad de conseguir ingresos.


Gran acuerdo entre Sindicatos y Patronal.
Tras varios meses de negociación y un esfuerzo destacable de todas las partes, desde AEMES deseamos mostrar nuestra satisfacción por haber conseguido un buen convenio colectivo adaptado a las necesidades reales y actuales de nuestras empresas y los más de treinta mil trabajadores a los que beneficia.

Recientemente se ha publicado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Sentencia 1428/2019 de 16 de julio, Rec. 16/2019), que declara nula la cláusula del convenio de empresa que venía otorgando 3 día naturales de permiso por paternidad, por considerar que con la promulgación del Real Decreto Ley 6/2019 de igualdad de trato en el empleo se implanta un nuevo régimen que mejora con creces el permiso de los trabajadores y, por tanto, anula o deroga implícitamente la norma convencional. Con ello, el Tribunal considera que no cabe añadir los 3 días de paternidad que recoge el convenio de empresa al permiso legalmente previsto.

Conseguir que trabajemos en equipo es todo un reto. Esto es especialmente delicado si las personas realizan teletrabajo o no se encuentran dentro del mismo espacio físico. Para conseguirlo, podemos optar por utilizar una serie de herramientas digitales que nos pueden ayudar en este tipo de situaciones.

Euskalsegur premia a AEMES, Mutuavenir y al agente de Mapfre, José Ignacio de la Quintana