Aemes pone a disposición de sus asociados un servicio de elaboración de nóminas junto con un portal del empleado, con un precio muy reducido.
Además, hemos desarrollado una herramienta de comunicación directa entre la Asociación y la empresa de Mediación usuaria del servicio, que favorecerá la comunicación entre las partes, de forma segura y sencilla, así como un portal para el empleado.
¿Qué empresas pueden beneficiarse de este servicio?
Para poder beneficiaros del servicio de elaboración de nóminas de AEMES, será necesario que se cumpláis los
siguientes requisitos:
1. Ser asociado de AEMES
2. Estar al corriente de pago de la cuota de asociado
3. Tener entre 1 y 6 empleados en la empresa
¿Qué soluciones legales me aporta este servicio?
Además de la correcta elaboración de las nóminas de tus empleados, acorde al convenio y a la clasificación profesional de cada trabajador, aporta respuesta a las siguientes OBLIGACIONES LEGALES.
Art. 34.9 ET: respecto al registro de jornada. Como sabéis, es obligatorio realizar un registro diario de la jornada de todos los trabajadores de nuestra empresa, que deberá contener el horario de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.
Art. 28 ET y 5 y 6 RD 902/2020: sobre el registro salarial obligatorio. Todas las empresas, independientemente de su tamaño y del número de empleados, deberán llevar un registro retributivo, que será necesario desglosar por sexo la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de los conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.
Si estoy interesado en este servicio, ¿Qué tengo que hacer?
Es necesario que te pongas en contacto lo antes posible con nuestro Departamento Jurídico, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para que te indiquen exactamente los pasos a seguir.