AEMES asiste a la reunión de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Siguiendo la línea mantenida por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) y en el marco de las reuniones periódicas que pretende mantener con las diferentes Asociaciones de la Mediación, se produjo un nuevo encuentro en la tarde del pasado lunes 9 de septiembre, del cual AEMES, Patronal del Sector de la Mediación, formó parte.

Los contenidos se mantuvieron orientados por el orden del día, que dejó varias propuestas interesantes. En primer lugar, se pretende ampliar el ámbito de aplicación dispuesto en el artículo 2.1 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados (en adelante, Ley de Mediación), en relación a la presencia en el sector de los comparadores web.

En la misma línea de cambio se sitúa la pretensión de eliminar la figura del auxiliar asesor, dentro de la regulación otorgada a los auxiliares externos de mediadores de seguros (artículo 8.1 Ley de Mediación); sobre estos últimos, se acordó que las funciones del auxiliar externo sean elegidas libremente por las partes en el contrato sin delimitación alguna en la Ley. Igualmente, se consultó sobre el régimen de incompatibilidades que debería establecerse para esta figura.

Otro de los temas tratados en la reunión fue la idea de simplificar los requisitos establecidos en la Ley de Mediación para el análisis objetivo a que están obligados los corredores de seguros; concretamente, bastará con analizar un número suficiente de contratos de seguro ateniéndose a criterios profesionales, eliminando las presunciones establecidas en el artículo 42.4 de la Ley y la obligación de presentar, al menos, tres ofertas de entidades aseguradoras distintas.

Es importante destacar que el conjunto de propuestas que se extrajeron a consecuencia de esta reunión no tendrán una implementación con carácter inmediato. Todas ellas serán presentadas ante la Junta Consultiva y deberán superar el pertinente proceso de tramitación parlamentaria, del cual saldrán las modificaciones oportunas en el texto de la Ley de Mediación.

Como conclusión, la reunión sirvió para emplazar a las partes a mantener una reunión próxima en el que tratar con la debida profundidad el texto del Título IX (“De los contratos de seguros y de mediación de seguros”), del Libro V, de la propuesta de Código Mercantil elaborada por la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación. Esta cuestión, no obstante, formará parte del orden del día en la próxima reunión de la Junta Consultiva, que se celebrará el próximo viernes 13 de septiembre.

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