Recientemente se ha publicado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Sentencia 1428/2019 de 16 de julio, Rec. 16/2019), que declara nula la cláusula del convenio de empresa que venía otorgando 3 día naturales de permiso por paternidad, por considerar que con la promulgación del Real Decreto Ley 6/2019 de igualdad de trato en el empleo se implanta un nuevo régimen que mejora con creces el permiso de los trabajadores y, por tanto, anula o deroga implícitamente la norma convencional. Con ello, el Tribunal considera que no cabe añadir los 3 días de paternidad que recoge el convenio de empresa al permiso legalmente previsto.